Ley de Cambio Climático y Transición Energética y repercusión en el sector asegurador

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LCCTE) que ha sido aprobada recientemente, tras un año de tramitación parlamentaria, sienta las bases para que se cumplan los compromisos internacionales en la lucha contra el cambio climático.

El objetivo es alinearse en acciones climáticas globales de carbono neutro, un compromiso asumido en el marco de la Cumbre de las Naciones Unidas por el Clima en diciembre de 2020. Antes de 2050, o en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática y el sistema eléctrico deberá basarse en fuentes de origen renovable.

Según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO): “las modificaciones del clima, derivadas del cambio climático, afectarán a los actuales riesgos climáticos cubiertos por el sector asegurador, agravándolos o mitigándolos, y dará lugar a nuevos riesgos emergentes, para los que el sector deberá diseñar nuevos productos aseguradores”.

Entre los nuevos riesgos para el sector asegurador, MITECO destaca los siguientes:

  • Riesgos físicos: los que surgen de los eventos directamente relacionados con el tiempo y el clima (huracanes, inundaciones, olas de calor, etc.). En este tipo se incluyen los impactos directos, como daños a bienes y personas, pero también los indirectos, como pérdida de beneficios.
  • Riesgos de transición: son los riesgos financieros que pueden aparecer, como consecuencia de la transición a una economía más baja en carbono, lo cual implica una pérdida de valor en las inversiones en determinados sectores. El sector asegurador, en este caso, también deberá adaptarse a los impactos potenciales de la reducción de ingresos por primas de seguros en sectores intensivos en carbono.
  • Riesgos de responsabilidad: consecuencia de las reclamaciones de las partes perjudicadas por el cambio climático que pretendan obtener una compensación, por parte de los que consideren responsables de esos daños (Estados, organizaciones, empresas, etc.). Las partes demandadas podrían buscar que esos costes recayesen en las aseguradoras mediante contratos de seguros de responsabilidad civil o medioambiental
Evaluación de riesgos

La entrada en vigor de la LCCTE obligará a las compañías aseguradoras, y a otras compañías de sector financiero, a la elaboración de un informe anual para evaluar el impacto de su entidad sobre los riesgos asociados al cambio climático.

Así mismo, la DGSFP, junto al Banco de España y la CNMV, también tendrán que elaborar, cada dos años y de forma conjunta, un informe de evaluación de riesgos para el sistema financiero del país, derivados del cambio climático y de las políticas para combatirlo.

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